Protocolos

Protocolo Facultativo
Este protocolo apunta a proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los DDHH y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad.
Decreto 201, Artículo 10
Derecho a la vida. Los estados parten reafirman el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho po las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.
Decreto 201, Artículo 11
Situaciones en riesgo y emergencias humanitarias.Los estados parten adoptarán en virtud de las responsabilidades que les corresponden con arreglo al derecho internacional, y en concreto el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los DDHH. Todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales.